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Se me ha averiado el pulsador del timbre de mi vivienda, ¿lo tengo que pagar yo o la comunidad?

Hola, vecinos. Hoy, en Stil Mediterrani, administrador de Fincas en Xirivella os traemos la respuesta a esta cuestión:  si a un vecino se le averia el pulsador del timbre de su vivienda, ¿quién debe asumir el coste de la reparación él o la comunidad?

Para responder debemos acudir al art.396 CC, en la redacción dada por la Ley 8/1999, de 6 de abril, que señala que tienen la naturaleza de elemento común las instalaciones, canalizaciones y conducciones «hasta la entrada al espacio privativo». De esta forma, los elementos que se encuentran en el interior de cada vivienda tendrían una consideración de elemento privativo, por lo que como regla general su mantenimiento, conservación y sustitución es una responsabilidad particupar que corresponde al vecino que lo usa y disfruta individualmente. En otras palabras, el coste del arreglo del pulsador del timbre del piso tendrá que asumirlo el vecino, no a la comunidad. La comunidad no está obligada a cambiar ese elemento que se encuentra en la propiedad privada y es de uso particular, lo que significa que no deberá asumir ese coste.

Y si hablamos del pulsador del timbre que se halla junto a la puerta de entrada, es decir, en el exterior del piso y en el pasillo, aunque estamos ante un elemento común también asumirá el coste el propietario, pues de acuerdo al art. 3 LPH es un elemento privativo ya que forma parte inseparable del acceso a la propiedad privativa, como elemento de funcionalidad. El vecino es responsable de la conservación y reparación de su puerta de acceso al piso o local, por lo que también lo será del pulsador del timbre para advertir de la existencia de una persona que desea entrar a la propiedad. Por ello, este gasto le corresponde a él y no a la comunidad.

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