¿Se considera elemento común las barandillas, persianas y ventanas?
¡Hola, vecinos!
Volvemos a la carga desde Stil Mediterrani, administrador de Fincas en Xirivella, esta vez, para responderos si se considera elemento común las barandillas, persianas y ventanas. La respuesta es que las barandillas de los balcones sí son elementos comunes. El art. 396 CC decribe como elementos comunes las fachadas, con los revestimientos exteriores de terrazas, balcones y ventanas, incluyendo su imagen o configuración, los elementos de cierre que las conforman y sus revestimientos exteriores. Por ello, las barandillas exteriores pueden ser consideradas dentro de los elementos de cierre que menciona el artículo.
«Tales barandillas, a pesar de que no consten en la relación de elementos que se enumeran en la escritura de división horizontal, son elementos comunes por naturaleza, ya que son revestimientos exteriores de los balcones o ventanas» (Sentencia AP Cantabria 7-5-98, EDJ 16571 y AP Girona 18-2-02, EDJ 16057).
No obstante, las persianas, en cuanto al cristal, marco de madera, aluminio, PVC u otro material, no son elementos comunes (el espacio de obra de las ventanas, alfeizar en cuanto a revestimiento, sí).