¿Puede el Administrador de una finca firmar la rescisión de un contrato de alquiler, con el acuerdo de la Junta de propietarios?
¡Hola, vecinos! Desde Stil Mediterrani, administrador de fincas en Xirivella, os contestamos a si puede el Administrador de una finca firmar la rescisión de un contrato de alquiler, con el acuerdo de la Junta de propietarios:
Como regla general, el Administrador de una Finca, nombrado en la comunidad, no puede firmar la rescisión de un contrato de alquiler con el acuerdo de la Junta de propietarios, salvo que en ese mismo acuerdo se le conceda la representación, es decir, se le autorice expresamente para rescindir dicho contrato, dado que la función de representación de la comunidad corresponde al Presidente y no al Administrador o al Secretario. Es decir, es el Presidente quien conforme al art. 13 LPH ejecuta las decisiones de la junta de propietarios.
En efecto, la función de representar a tal efecto a la comunidad se la concede al Presidente el art.13 LPH. De otra parte, en las funciones del Administrador descritas en el art.20 LPH no está la de ejecutar acuerdos de la Junta como estos. Por lo tanto, será preciso que la Junta autorice expresamente en el acuerdo para que el Administrador pueda realizar la resolución.